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por (140 puntos) en Sacramentos
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Quisiera saber qué requisitos pide la Iglesia para un matrimonio entre primos. Porque mis abuelos eran primos, y ahora un hermano quiere casarse con mi prima. Comentaron a un sacerdote y les dijo que en esa zona de los altos de Jalisco no es tan dificil que lo permitan porque hay una cierta costumbre o no es tan inusual por la ascendencia judía. Que dan un permiso, se avisa, o algo así. Eso fue lo que me comentaron pero yo tengo dudas. ¿Podrían aclararmelo? Mil gracias. bendiciones

3 Respuestas

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por (17,420 puntos)
Creo que ha llegado el momento de poner las cosas claras: La respuesta la pueden encontrar en el Catecismo de la Iglesia católica. Ahí claramente se exponen los frutos de las relaciones sexuales dentro del matrimonio y las ofensas a la dignidad del matrimonio. Las relaciones sexuales son buenas y queridas por Dios. Son un medio inigualable de unión de la pareja y el medio que Dios quiso para la formación de una familia. Las condiciones para que las relaciones sexuales sean buenas es que respeten la unidad, la fidelidad y la fecundidad de las mismas. Unidad: Que signifiquen una entrega total de cuerpo, alma, mente y voluntad Fidelidad: Con una sola persona, con la que estés unido de manera indisoluble mediante el sacramento del matrimonio. Fecundidad: Debe ser un acto abierto a la vida (aunque no se genere con él una nueva vida) De esta manera, queda claro qué está bien y qué no está bien dentro del matrimonio. los actos homosexuales, están mal, porque es un acto no abierto a la vida. El adulterio, el incesto y la poligamia, están mal, porque violan el principio de fidelidad. El uso de anticonceptivos, preservativos y el coitus interruptus, están mal porque significan un bloqueo artificial a la fecundidad. Las diferentes posturas, son lícitas y a veces recomendables, siempre y cuando haya penetración del pene en la vagina y la eyaculación se lleve a cabo dentro de la misma. ELINCESTO ES UNA OFENSA GRAVEA NUESTRO SEñOR BENDCIONES DIOS NOS AMA . Catholic.net
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por (36,060 puntos)
Mari, Saludos.
Existe impedimento al matrimonio por consaguinidad en los siguientes casos:
= En todos los grados de la línea directa (padre-hija-nieta). Este impedimento se considera de ley divina y no permite dispensa.
= En el segundo grado de la línea colateral (hermanos). No permite dispensa.
= En el tercer grado de la línea colateral (tío-sobrina). El ordinario puede dispensar del impedimento.
= En el cuarto grado de la línea colateral (primos hermanos). Este impedimento se considera de ley eclesiástica. El ordinario puede dispensar del impedimento.
= El impedimento de consanguinidad ya no invalida matrimonios de primos segundos (sexto grado de la línea colateral)
De manera que para esclarecer la solución a dicho caso solo tienen como posibilidad el recurrir a la Diócesis o Arquidiócesis local que son las que tienen la última palabra en estos temas de la licitud del matrimonio .
BENDICIONES PARA TI TAMBIéN.
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por (21,780 puntos)
Querida hermana Mari. Si son primos hermanos de sangre necesitan una dispensa eclesiastica. Debe ir al obispado y consultarlo. Pero si tengo que advertirte que en lo casos de matrimonios entre familias se pueden dar taras en la descendecias. Si quieres informarte, pincha en el enlace: http://lagenetica.info/foro_es/search.php?search=Consaguinidad&f=1&match=1&date=0&fldsubject=1&fldbody=1 Abrazo en Cristo
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