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por (120 puntos) en Música Católica
Si me gustaría saber si hay un reglamento respecto a la propiedad y compra de los instrumento, son concedidos por el sacerdote en cada parroquia para su uso dentro de ella, o son consedidos por la comunidad y lo mismo son propiedad de la parroquia o de la comunidad, o por ultimo si estos tienen que ser comprados por los miembros de coro, o deben de hacer actividades para su compra. Creo que aquí hay un tema un poco complicado para su estudio.

2 Respuestas

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Jady, no tiene complique.
No hay regla para ello. Habitualmente por los costos (innecesarios) ninguna parroquia posee mas allá de un piano si acaso y el sistema de altavoces. Ningún dinero donado es por definición -propiedad de la comunidad- en el sentido de que todos puedan acceder a los bienes de la parroquia, aunque esta se deba a la comunidad y a sus necesidades. Por esto mismo no se procede a gastos excesivos para que no haya despilfarro.
Cuando un grupo coral se decide a conformase y en sus actividades participar o dedicarse a la parroquia, no ha de someter a la misma a su sostenimiento a menos que sean convocados, entrenados o debidamente contratados para ello como en los casos de los coros arquidiocesanos o similares.
SALUDOS Y FELIZ NAVIDAD.
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Querida hermana Jady. Generalmente los instrumentos de musica de los coros en las parroquias es de cada uno que lo pone a diposición de la comunidad o parroquia. Si no se tiene instrumentos, con permiso del parroco, se puede hacer una colecta extraordinaria, o organizar una rifa para recaudar fondos, en cuyo caso los instrumentos pertenecerá a la parroquia. Abrazo en Cristo
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